RD 130/2017 Reglamento Explosivos

ANEXO I — RD 130/2017 Reglamento Explosivos

ANEXO I

Plan de seguridad ciudadana (PSC)

1. Datos generales

1.1 Empresa:

– Titular de la instalación y de la persona que ostenta su representación.

– Actividad a desarrollar.

– Autorizaciones administrativas.

– Responsable de la instalación.

1.2 Ubicación:

– Paraje, lugar, término municipal, provincia y comunidad autónoma.

– Coordenadas geográficas.

– Distancias a poblaciones o núcleos habitados más próximos.

1.3 Descripción de las instalaciones:

– Edificios, depósitos, almacenes, naves.

– Reportaje fotográfico o de video en soporte electrónico, informático o telemático anexo a este PSC.

– Actividades a desarrollar en cada uno.

– Productos a fabricar o almacenar y cantidades autorizadas.

– MEMUs, asignadas a la instalación, en su caso.

1.4 Plano de la instalación y planos topográficos:

– Plano topográfico E:1/25.000.

– Plano general de planta E:1/1000.

– Plano con delimitación de zonas y edificios E: 1/1000.

– Plano de planta con detalle de las medidas de seguridad propuestas por edificio de la instalación E: 1/250.

2. Análisis de riesgos

2.1 Identificación e inventario de riegos.

2.2 Método utilizado:

– El método empleado, será preferiblemente cuantitativo mixto.

2.3 Análisis y evaluación.

3. Seguridad

3.1 Director del proyecto del PSC.

– Director o Jefe de Seguridad que elabora el PSC.

3.2 Empresa de seguridad que presta servicio en la instalación.

– Nombre y razón social de la empresa.

– Número de inscripción en la Dirección General de la Policía.

– Actividades para las que está autorizada.

– Datos de contactos.

3.3 Medidas de seguridad.

3.3.1 Personal:

– Personal de seguridad privada, con indicación del número de miembros, turnos, horarios, puestos de vigilancia y cometidos a desarrollar.

– Resto de personal.

3.3.2 Física:

– Medios de protección física de la instalación, de los edificios y en su caso de la MEMU.

3.3.3 Electrónica:

– Medios de protección electrónica de la instalación y, en su caso, de la MEMU.

– Datos identificativos de la central receptora de alarmas o centro de control de seguridad.

– Sistema de transmisión y supervisión de los elementos del sistema de seguridad.

– Sistema de supervisión de las líneas de comunicación con central receptora de alarmas o centro de control de seguridad.

– Sistema de control de las señales.

– Sistemas auxiliares.

3.3.4 Organizativas:

– Manual de funcionamiento de los elementos de los sistemas de seguridad.

– Protocolo de control de accesos de personas y de vehículos.

– Protocolo de actuación de la central receptora de alarmas o centro de control de seguridad.

– Protocolo de actuación ante incidencias y emergencias.

– Protocolo de mantenimiento y revisión de los sistemas de seguridad.

– Protocolo de custodia de llaves.

– Plan de actuación de registro individuales.

– Protocolo de apertura y cierre de los polvorines.

– Protocolo de actuación y cometidos a desarrollar por el personal que tenga algún tipo de responsabilidad en relación con la seguridad de la instalación.