RD 130/2017 Reglamento Explosivos

Artículo 139 — RD 130/2017 Reglamento Explosivos

Artículo 139. Acondicionamiento de las materias reglamentadas.

En caso de que se realice el tránsito por vía terrestre y se prevea alguna detención o permanencia en territorio español, las materias reglamentadas deberán ir acondicionadas para permitir que sean precintadas fácilmente.