RD 130/2017 Reglamento Explosivos

Artículo 188 de RD 130/2017 Reglamento Explosivos: Revocación de autorizaciones

Texto consolidado del BOE.

Artículo 188. Revocación de autorizaciones.

La vigencia de las autorizaciones concedidas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento con arreglo a lo dispuesto en este reglamento, pudiendo las autoridades competentes para su concesión comprobar en cualquier momento tal mantenimiento, y proceder a revocarlas en caso contrario mediante la instrucción del correspondiente procedimiento administrativo de revocación.