Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 21. Titulación.
La Tesorería General de la Seguridad Social titulará a su nombre todos los valores mobiliarios que formen parte del patrimonio de la Seguridad Social, realizándose, a tal efecto, las operaciones necesarias, incluida la intervención de fedatarios públicos que acrediten la titularidad de los valores.