Orden 1/2/1996 ICALPE

Regla 82 — Orden 1/2/1996 ICALPE

Regla 82. Subvenciones

1. Son subvenciones con cargo al Presupuesto de Gastos del Estado las entregas dinerarias efectuadas desde los diferentes centros gestores a favor de personas o entidades, públicas o privadas, todas ellas afectadas a una finalidad específica y sin contrapartida directa por parte de los beneficiarios.

2. En las reglas siguientes se describe la tramitación de los gastos correspondientes a:

a) Subvenciones nominativas.

b) Subvenciones paccionadas.

c) Subvenciones no nominativas:

Sin convocatoria previa de carácter periódico.

Con convocatoria previa de carácter periódico.

d) Subvenciones gestionadas por Comunidades Autónomas (artículo 153 del TRLGP).