Regla 82. Subvenciones
1. Son subvenciones con cargo al Presupuesto de Gastos del Estado las entregas dinerarias efectuadas desde los diferentes centros gestores a favor de personas o entidades, públicas o privadas, todas ellas afectadas a una finalidad específica y sin contrapartida directa por parte de los beneficiarios.
2. En las reglas siguientes se describe la tramitación de los gastos correspondientes a:
a) Subvenciones nominativas.
b) Subvenciones paccionadas.
c) Subvenciones no nominativas:
Sin convocatoria previa de carácter periódico.
Con convocatoria previa de carácter periódico.
d) Subvenciones gestionadas por Comunidades Autónomas (artículo 153 del TRLGP).