Orden 1/2/1996 ICALPE

Regla 76 — Orden 1/2/1996 ICALPE

Regla 76. Delimitación

En esta Sección se regula el procedimiento a seguir en la tramitación de aquellos gastos que se ejecuten con cargo a los créditos aprobados en los capítulos segundo y sexto

del Presupuesto de Gastos del Estado. A los solos efectos de la descripción de dicho procedimiento, se pueden distinguir los siguientes tipos de gasto dentro de la presente Sección:

a) Gastos contractuales: A su vez estos gastos se pueden derivar de contratos administrativos o de contratos privados de la Administración.

b) Gastos de expropiaciones.

c) Gastos de material no inventariable y otros gastos ordinarios.

d) Indemnizaciones por razón de servicio.