Orden 1/2/1996 ICALPE

Regla 20 de la Orden 1/2/1996 ICALPE: Regla 20. Delimitación

Texto consolidado del BOE.

Regla 20. Delimitación

1. La ejecución de los gastos presupuestarios se realizará en las siguientes fases:

a) Autorización del gasto.

b) Compromiso del gasto.

c) Reconocimiento de la obligación.

2. La ordenación y ejecución de los pagos correspondientes a las obligaciones reconocidas por gastos presupuestarios se realizarán de acuerdo con lo que se establezca en la Orden que regule los procedimientos para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado.