LSP2010

Artículo 49 de LSP2010: Conflicto entre operadores no designados para la prestación del servicio postal universal

Texto consolidado del BOE.

Artículo 49. Conflicto entre operadores no designados para la prestación del servicio postal universal.

Los operadores postales podrán someter al arbitraje de la Comisión Nacional del Sector Postal los conflictos que se susciten entre ellos, con sujeción a las normas de procedimiento previstas en el Reglamento de desarrollo general de la Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal.