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Artículo 351 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio,: Causas estatutarias de exclusión de socios

Texto consolidado del BOE.

Artículo 351. Causas estatutarias de exclusión de socios.

En las sociedades de responsabilidad limitada, con el consentimiento de todos los socios, podrán incorporarse a los estatutos causas determinadas de exclusión o modificarse o suprimirse las que figurasen en ellos con anterioridad.

Artículo 351. Causas estatutarias de exclusión de socios.

En las sociedades de capital, con el consentimiento de todos los socios, podrán incorporarse a los estatutos causas determinadas de exclusión o modificarse o suprimirse las que figurasen en ellos con anterioridad.

Se modifica por el art. 1.19 de la Ley 25/2011, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2011-13240.