Artículo 529 nonies. Evaluación del desempeño.
1. El consejo de administración deberá realizar una evaluación anual de su funcionamiento y el de sus comisiones y proponer, sobre la base de su resultado, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas.
2. El resultado de la evaluación se consignará en el acta de la sesión o se incorporará a ésta como anejo.
Se añade por el art. único.47 de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-12589.