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Artículo 58 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes: Duración y cómputo de los efectos

Texto consolidado del BOE.

Artículo 58. Duración y cómputo de los efectos.

La patente tiene una duración de veinte años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y produce sus efectos desde el día en que se publica la mención de que ha sido concedida.