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Artículo 19 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes: Carga de la prueba y renuncia de derechos

Texto consolidado del BOE.

Artículo 19. Carga de la prueba y renuncia de derechos.

1. Salvo prueba en contrario, las invenciones para las que se presente una solicitud de patente o de otro título de protección exclusiva dentro del año siguiente a la extinción de la relación de empleo o de servicios, se presumen realizadas durante la vigencia de ésta.

2. Será nula toda renuncia anticipada del empleado a los derechos que la Ley le otorga en este Título.