LP

Artículo 116 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes: Jurisdicción

Texto consolidado del BOE.

Artículo 116. Jurisdicción.

El conocimiento de todos los litigios que se susciten como consecuencia del ejercicio de acciones de cualquier clase y naturaleza que sean, derivadas de la aplicación de los preceptos de esta Ley, corresponderá en función de su delimitación competencial, al orden jurisdiccional civil, penal o contencioso-administrativo.