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Artículo cuarenta y ocho de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional: Artículo cuarenta y ocho

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo. Practicar con tests.

Artículo cuarenta y ocho

El conocimiento de los recursos de amparo constitucional corresponde a las Salas del Tribunal Constitucional.

Artículo cuarenta y ocho

El conocimiento de los recursos de amparo constitucional corresponde a las Salas del Tribunal Constitucional y, en su caso, a las Secciones.

Artículo redactado conforme a la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2007-10483), de modificación de la presente Ley Orgánica.

Se modifica por el art. único.15 de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2007-10483.