LOSU

Disposición adicional décima de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario

Texto consolidado del BOE.

Disposición adicional décima. Derechos adquiridos de títulos universitarios de anteriores ordenaciones académicas.

Los títulos universitarios de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto e Ingeniero mantendrán su plena vigencia académica, administrativa y profesional en los mismos términos en que se establecieron.