LO 9/2021

Artículo 75 — LO 9/2021

Artículo 75. Cese de la medida.

1. Las diligencias de investigación sujetas a autorización judicial cesarán:

a) por la desaparición de las circunstancias que justificaron la adopción de la medida;

b) por el transcurso del plazo por el que fue autorizada;

c) por el vencimiento del plazo máximo del secreto de la investigación;

d) por la detención de la persona investigada.

2. En todos estos casos el Fiscal europeo delegado dispondrá el cese de la medida y lo pondrá en conocimiento del Juez de garantías.