Artículo 40. Aportación de informaciones.
Las acusaciones particulares podrán poner en conocimiento del Fiscal europeo delegado las informaciones que consideren relevantes para la investigación.
Artículo 40. Aportación de informaciones.
Las acusaciones particulares podrán poner en conocimiento del Fiscal europeo delegado las informaciones que consideren relevantes para la investigación.
Empieza a practicar gratis