LO 7/1981 Estatuto Asturias

Artículo treinta y ocho — LO 7/1981 Estatuto Asturias

Artículo 38.

Uno. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Dos. El nombramiento de los Magistrados, Jueces y Secretarios del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se efectuará en la forma prevista en las leyes Orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General del poder Judicial.

Artículo 38.

Uno. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias será nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Principado de Asturias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Dos. El nombramiento de los Magistrados, Jueces y Secretarios del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se efectuará en la forma prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Se modifica por el art. único.40 de la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero. Ref. BOE-A-1999-338