Disposición transitoria trigésima.
En tanto la legislación de Planta y demarcación no disponga otra cosa, las ciudades de Ceuta y Melilla conservarán la adscripción judicial que tienen en la actualidad.
Disposición transitoria trigésima.
En tanto la legislación de Planta y demarcación no disponga otra cosa, las ciudades de Ceuta y Melilla conservarán la adscripción judicial que tienen en la actualidad.
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