LO 6/1985

CAPÍTULO III — LO 6/1985

CAPÍTULO III

Del Estatuto de los miembros del Consejo General del Poder Judicial

CAPÍTULO III

Del Estatuto de los miembros del Consejo General del Poder Judicial

Se deroga por la disposición derogatoria.1 y 2 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio. Ref. BOE-A-2013-7061.

Téngase en cuenta que la derogación tiene efectos en lo relativo a la renovación, designación y elección de los Vocales del Consejo y a la constitución del mismo desde el 30 de junio de 2013 y en el resto desde el día en que se constituya el primer Consejo elegido de conformidad con la citada Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio.