Artículo 34. Autonomía parlamentaria.
Las Cortes establecen su propio reglamento, aprueban sus presupuestos y regulan el estatuto de sus funcionarios y personal. El reglamento se aprueba por mayoría absoluta de sus miembros.
Artículo 34. Autonomía parlamentaria.
Las Cortes establecen su propio reglamento, aprueban sus presupuestos y regulan el estatuto de sus funcionarios y personal. El reglamento se aprueba por mayoría absoluta de sus miembros.
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