LO 5/1985

Disposición transitoria sexta de la LO 5/1985: Disposición transitoria sexta

Texto consolidado del BOE.

Disposición transitoria sexta

A efectos de lo previsto en los artículos 57.3, 61, 64, 67 y 127, para las primeras elecciones al Parlamento Europeo, y siempre que no se dé el supuesto previsto en el artículo 63.5 de la presente Ley, se entiende por "últimas elecciones equivalentes" las del Congreso de los Diputados.

Se añade por el art. 3 de la Ley Orgánica 1/1987, de 2 de abril. Ref. BOE-A-1987-8193.