LO 4/2010

Artículo 3 — LO 4/2010

Artículo 3. Responsabilidad civil y penal.

El régimen disciplinario establecido en esta Ley Orgánica se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los funcionarios, la cual se hará efectiva en la forma que determina la Ley.