Artículo 71. Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia.
Se constituirá el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, con funciones de estudio y análisis, y con capacidad para elevar propuestas de actuación, en materia de lucha contra el racismo y la xenofobia.
Se añade por el art. 1.37 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21187.