LO 4/1982 Estatuto de Autonomía de Murcia

Artículo veintidós — LO 4/1982 Estatuto de Autonomía de Murcia

Artículo 22.

La Asamblea Regional ostenta la potestad legislativa y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde: Aprobar los presupuestos; impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente, y en general, el ejercicio de las competencias que le confieren la Constitución, este Estatuto y demás normas del ordenamiento jurídico.