Artículo 2.
El territorio de la Comunidad Autónoma es el de los municipios comprendidos dentro de los límites administrativos de la provincia de Madrid.
Artículo 2.
El territorio de la Comunidad de Madrid es el comprendido dentro de los límites de la provincia de Madrid.
Se modifica por el art. 1.2 de la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio. Ref. BOE-A-1998-16302