LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Disposición adicional primera de la LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía: Disposición adicional primera. Territorios históricos

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo. Practicar con tests.

Disposición adicional primera. Territorios históricos.

La ampliación de la Comunidad Autónoma a territorios históricos no integrados en otra Comunidad Autónoma se resolverá por las Cortes Generales, previo acuerdo de las partes interesadas y sin que ello suponga reforma del presente Estatuto, una vez que dichos territorios hayan vuelto a la soberanía española.