LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 86 — LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 86. Participación en la ordenación general de la actividad económica.

La Junta de Andalucía participa en la elaboración de las decisiones estatales que afectan a la ordenación general de la actividad económica en el marco de lo establecido en el artículo 131.2 de la Constitución.