LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 7 — LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 7. Eficacia territorial de las normas autonómicas.

Las leyes y normas emanadas de las instituciones de autogobierno de Andalucía tendrán eficacia en su territorio. Podrán tener eficacia extraterritorial cuando así se deduzca de su naturaleza y en el marco del ordenamiento constitucional.