LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 107 — LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 107. Presencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones.

En los nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.