LO 14/2007

Artículo 85 de la LO 14/2007: Otros recursos

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo. Practicar con tests.

Artículo 85. Otros recursos.

La Comunidad Autónoma y las entidades locales afectadas participarán en los ingresos correspondientes a los tributos que el Estado pueda establecer para recuperar los costes sociales producidos por actividades contaminantes o generadoras de riesgos de especial gravedad para el medio, en la forma que establezca la ley creadora del gravamen.