LO 1/2018 EA Canarias

Artículo 71 — LO 1/2018 EA Canarias

Artículo 71. Transferencia y delegación de funciones.

Los cabildos insulares, como instituciones de la Comunidad Autónoma, podrán transferir o delegar en los ayuntamientos el ejercicio de sus funciones administrativas propias, cuando así lo justifiquen los principios de subsidiariedad, descentralización y eficiencia.