LO 1/2018 EA Canarias

Artículo 181 — LO 1/2018 EA Canarias

Artículo 181. Instrumentos de Solidaridad Interinsular.

La Comunidad Autónoma de Canarias velará por su propio equilibrio territorial y por la realización interna del principio de solidaridad, atendiendo, entre otros criterios, a los costes de la doble insularidad.

A tal efecto, se creará un Fondo de Solidaridad Interinsular u otros instrumentos de objetivos análogos. Sus recursos serán distribuidos, en cualquiera de los casos, por el Parlamento de Canarias.