Llei 19/2014 Trans Cat

Artículo 85 — Llei 19/2014 Trans Cat

Artículo 85. Procedimiento sancionador.

1. El procedimiento sancionador de aplicación es el establecido por la legislación de régimen jurídico y procedimiento aplicable a las administraciones públicas.

2. El procedimiento sancionador por las infracciones tipificadas por la presente ley puede iniciarse de acuerdo con lo establecido por la normativa a la que se refiere el apartado 1.

3. En caso de denuncia, el órgano competente debe incoar el procedimiento sancionador si los hechos denunciados presentan indicios mínimamente consistentes o creíbles de infracción.