Llei 19/2014 Trans Cat

Artículo 30 de Llei 19/2014 Trans Cat: Derivación de las solicitudes

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 30. Derivación de las solicitudes.

1. En el supuesto de que la solicitud de acceso a la información se dirija a una entidad u órgano administrativo que no disponga de la información, este debe derivarla a la entidad o al órgano que disponga de ella, si lo conoce, o a la oficina responsable de la información pública que corresponda, en un plazo de quince días naturales, y comunicar al solicitante a qué órgano se ha derivado la solicitud y los datos para contactar con él.

2. Si la entidad o el órgano administrativo competente pertenece o depende de una administración distinta a la que se ha dirigido la solicitud, debe informarse de ello al solicitante, por vía electrónica si es posible, e indicarle cuál es la Administración a la que se ha derivado su solicitud para que pueda ejercer el derecho de acceso a la información pública.