Disposición adicional tercera.
Se mantienen vigentes los reglamentos dictados por la Administración de la Generalidad en las materias reguladas por la presente Ley, en cuanto no se opongan a ella.
Disposición adicional tercera.
Se mantienen vigentes los reglamentos dictados por la Administración de la Generalidad en las materias reguladas por la presente Ley, en cuanto no se opongan a ella.
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