LIVA

Capítulo III — LIVA

Capítulo III

Devoluciones a los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto

Capítulo III

Devoluciones a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto

Se modifica por el art. 5.8 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24965.

CAPÍTULO III

Devoluciones a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto

Se modifica por el art. 1.12 de la Ley 2/2010, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2010-3366.

Esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 2010, según establece la disposición final 4.

Se modifica por el art. 5.8 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24965.