LIVA

Artículo 1 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido: Naturaleza del impuesto

Texto consolidado del BOE.

Artículo 1. Naturaleza del impuesto.

El Impuesto sobre el Valor Añadido es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava, en la forma y condiciones previstas en esta Ley, las siguientes operaciones:

a) Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales.

b) Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.

c) Las importaciones de bienes.