LIRPF

Disposición transitoria trigésima cuarta — LIRPF

Disposición transitoria trigésima cuarta. Obligación de declarar en el período impositivo 2018.

Cuando el impuesto correspondiente al período impositivo 2018 se hubiera devengado a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, el límite de 14.000 euros establecido en el primer párrafo del apartado 3 del artículo 96 de esta Ley será de 12.643 euros.

Se añade por el art. 63.2 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#ar-63