LGT

Artículo 6 — LGT

Artículo 6. Impugnabilidad de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones.

El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y son impugnables en vía administrativa y jurisdiccional en los términos establecidos en las leyes.