LGT

Artículo 207 — LGT

Artículo 207. Regulación del procedimiento sancionador en materia tributaria.

El procedimiento sancionador en materia tributaria se regulará:

a) Por las normas especiales establecidas en este título y la normativa reglamentaria dictada en su desarrollo.

b) En su defecto, por las normas reguladoras del procedimiento sancionador en materia administrativa.