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Artículo 11 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,: Criterios de sujeción a las normas tributarias

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.

Artículo 11. Criterios de sujeción a las normas tributarias.

Los tributos se aplicarán conforme a los criterios de residencia o territorialidad que establezca la ley en cada caso. En su defecto, los tributos de carácter personal se exigirán conforme al criterio de residencia y los demás tributos conforme al criterio de territorialidad que resulte más adecuado a la naturaleza del objeto gravado.