Disposición adicional decimotercera. Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Arqueología.
1. Se crea dentro del Grupo A, Subgrupo A1, del Cuerpo Superior Facultativo, la especialidad de Arqueología, para ejercer las funciones y tareas técnicas e inspectoras vinculadas a la tutela del patrimonio histórico de naturaleza arqueológica.
2. Para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Arqueología, será necesario estar en posesión de las titulaciones establecidas en la disposición adicional quinta.