Ley Función Pública Andalucía (Ley 5/2023)

Artículo 62 — Ley Función Pública Andalucía (Ley 5/2023)

Artículo 62. La evaluación del desempeño para el personal laboral.

La evaluación del desempeño del personal laboral se articulará a través de los procedimientos previstos en los convenios colectivos que resulten de aplicación y demás normativa laboral correspondiente, en los que se tendrán en cuenta los criterios de valoración establecidos en el artículo 60, apartado 3.