Ley Expropiación Forzosa

Artículo sesenta y uno de la Ley Expropiación Forzosa: Artículo sesenta y uno

Texto consolidado del BOE.

Artículo sesenta y uno.

A efectos del justiprecio, la Administración formulará un proyecto de clasificación de las zonas o clases de bienes a expropiar en polígonos o grupos determinados, según la diferente naturaleza económica de los mismos, asignando precios máximos y mínimos de valoración para cada uno de estos polígonos o grupos así distinguidos, con módulos de aplicación en su caso.