Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.
Artículo 91. Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos.
La acreditación de la solvencia profesional o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los documentos y medios que se indican en el artículo anterior.