Ley 9/2017

Artículo 123 de la Ley 9/2017: Pliego de prescripciones técnicas generales

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.

Artículo 123. Pliego de prescripciones técnicas generales.

Previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro correspondiente, podrá establecer los pliegos de prescripciones técnicas generales a que hayan de ajustarse la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y demás entidades que gocen de la condición de Administraciones Públicas integrantes del sector público estatal.