Ley 9/2007 Administración de la Junta de Andalucía

Artículo 46 — Ley 9/2007 Administración de la Junta de Andalucía

Artículo 46. Exención de depósitos y cauciones.

La Administración de la Junta de Andalucía, las agencias y las entidades públicas con régimen de independencia funcional o de especial autonomía estarán exentas de la obligación de constituir los depósitos, cauciones, consignaciones o cualquier otro tipo de garantía previstos en las leyes.