Artículo 24.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 18/1994, de 30 de junio. Ref. BOE-A-1994-15242.
Se derogan los párrafos 2 y 3 por la disposición derogatoria de la Ley 7/1990, de 19 de julio. Ref. BOE-A-1990-17363#dd.
Artículo 24.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 18/1994, de 30 de junio. Ref. BOE-A-1994-15242.
Se derogan los párrafos 2 y 3 por la disposición derogatoria de la Ley 7/1990, de 19 de julio. Ref. BOE-A-1990-17363#dd.
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