Ley 8/2015 Transparencia Aragón

Disposición adicional segunda de la Ley 8/2015 Transparencia Aragón: Disposición adicional segunda. Portales del Gobierno de Aragón

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Disposición adicional segunda. Portales del Gobierno de Aragón.

En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno de Aragón adoptará las medidas necesarias para la interrelación entre su Portal de Transparencia, el Portal de Participación Ciudadana y el Portal de Datos Abiertos, de forma que constituyan un instrumento completo al servicio de la transparencia y la participación.

Sin perjuicio de lo anterior, dichos portales se someterán a la política general del Gobierno de Aragón en relación con las sedes electrónicas y páginas web de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos públicos y demás entidades dependientes.